martes, 6 de noviembre de 2012

La formación en las "rúbricas generales" y en el "ProIDEAC" NO ES OBLIGATORIA

No pueden imponer un "plan de trabajo en Claustro"

El Consejero de Educación ha reconocido en el Consejo Escolar de Canarias que la formación del profesorado no es obligatoria, y que la rúbrica es un instrumento más para realizar una evaluación del nivel de adquisición de las competencias básicas pero no el único, y por lo tanto su formación no es obligatoria.


Son ilegales las instrucciones que ha dado la Directora General de Ordenación, Innovación y Promoción, para imponer:


* que las "rúbricas generales" sea el único sistema de evaluación de las competencias básicas.


* que la formación sea obligatoria


* que la formación en las rúbricas generales sean en los claustros.


* que los jefes de estudios se tengan que formar obligatoriamente en los CEP para ser luego ellos los que formen al profesorado del centro


Recomendamos al profesorado, si se convocan claustros para realizar en ellos sesiones de formación, que al comienzo de este aleguen dejando constancia por escrito:


* Que los claustros no tiene entre sus competentes la realización de sesiones de formación, esta no está recogidas en el artículo 21 de DECRETO 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC de 22 de julio de 2010).



* Que el "diseño de un plan de trabajo", que quiere imponer la Directora General de Ordenación, Innovación y Promoción, no puede contravenir ni el Decreto 81/2010 ni la Orden de 23 de julio de 2012.


* Que el "diseño de un plan de trabajo", que quiere imponer la Directora General de Ordenación, Innovación y Promoción, no tiene ni el nivel normativo de una Resolución.

Fuente: http://docentesdecanarias.org       (INSUCAN)

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